El artículo 20.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) establece que “Será ciudadano de la Unión, toda persona que ostente la nacionalidad de un Estado miembro. La ciudadanía de la Unión se añade a la ciudadanía nacional, sin sustituirla”. En virtud del artículo 3, apartado 2 del Tratado de la Unión Europea (TUE), el derecho de las personas a circular y residir libremente dentro de la Unión Europea constituye la piedra angular de la ciudadanía de la Unión.

Entonces, ¿por qué si eres un ciudadano europeo, es tan difícil regularizar tu situación en el Estado español? ¿Por qué te exigen tantos documentos? ¿Acaso no es tu derecho el poder vivir aquí? Lo cierto es que, si eres un ciudadano europeo y vas a residir en Barcelona por un período superior a tres meses, estás obligado a solicitar tu inscripción en el Registro Central de Extranjeros.  La administración, antes de inscribirte en el referido registro, deberá comprobar que cumples con unos requisitos establecidos en la Ley.  Dichos requisitos son básicamente de carácter económico y tienen como finalidad, que demuestres que no te convertirás en una “carga” para el Estado español.  Si tienes familiares no comunitarios, ellos deberán solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

La Directiva 2004/38/CE, el Real Decreto 987/2015, que modifica el Real Decreto 240/2007 y la Ley 30/1992, constituyen el marco normativo que regula todo lo relativo al Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea.  En otras palabras, regulan la residencia de los ciudadanos de los Estados Miembros de la Unión Europea en el Estado español.  La anterior normativa aplica igualmente a los nacionales de los Estados parte en el acuerdo sobre Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) y a los nacionales suizos.

Pero ¿qué es el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea?

El Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea es un documento que acredita que como ciudadano de la Unión te has inscrito en el Registro Central de Extranjeros y que dicha inscripción se ha realizado cumpliendo con los requisitos exigidos por la Ley, otorgándote el derecho a residir y a trabajar en España.  Realizando la inscripción, se te asignará un NIE (Número de Identificación de Extranjero) y se te dará una tarjeta, que deberás conservar.  Tal y como dijimos anteriormente, estamos hablando de un trámite obligatorio para todo ciudadano comunitario que pretenda permanecer en España por un periodo superior a tres meses.  Todos los ciudadanos de la Unión que residan en España gozarán de igualdad de trato respecto de los ciudadanos españoles, siempre y cuándo se hayan inscrito en el Registro Central de Extranjeros.

A pesar de que es un trámite que en principio debería ser sencillo, en la realidad, resulta muy tedioso.  La administración es muy exigente con los requisitos.  La documentación que se debe presentar varía, dependiendo de la nacionalidad y de la situación económica y laboral de cada persona.

Para realizar la Inscripción en el Registro Central de Extranjeros en Barcelona, deberás acudir a la Comisaría de Policía Nacional que se encuentra en la Rambla Guipúzcoa 74.  Es importante tener presente que es imprescindible disponer de cita previa.  Si vas sin cita, no te atenderán. Obtener la cita previa no es un trámite fácil.  Las citas salen en días y horas determinados en la sede electrónica de las administraciones públicas y puedes pasarte mucho tiempo obteniendo por respuesta “no hay citas disponibles, inténtelo más tarde”.  Por ello, es aconsejable que este trámite lo llevemos desde Murlà & Contreras Advocats, pues nosotros tenemos acceso a los días y horas en que se ponen a disposición las citas para cada trámite en particular.  Si el NIE lo necesitas urgentemente, porque, por ejemplo, debes empezar a trabajar la próxima semana, solamente con la ayuda y la asesoría del equipo de Murlà & Contreras Advocats, podrás conseguirlo.

Obtenida la cita, deberás aportar documentación que acredite que cuentas con los medios económicos para residir en el Estado español, según tu situación personal:

  1. Que eres un trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia en España.
  2. Que estás matriculado en un centro educativo, por ejemplo, para cursar un Máster, cuentas con un seguro de enfermedad y posees recursos suficientes.
  3. Que dispones, de recursos suficientes para no convertirte en una carga para la asistencia social en España, así como de un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos.

En Murlà & Contreras Advocats te asesoramos respecto a los documentos que se deben presentar; te diremos qué se entiende por “recursos suficientes” y el tipo de seguro que te van a exigir para proceder a otorgarte el NIE o el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea.  Una vez presentes la documentación pertinente, se te entregará el Certificado en el acto, si la solicitud cumple con los requisitos.  El precio por realizar este trámite con nosotros va desde los 200 Euros.

Un tema muy importante -que desconocen muchos ciudadanos comunitarios- es que una vez que hayan residido legalmente en España, durante un período continuado de cinco años, deben solicitar un Certificado de Registro Permanente de Ciudadano de la Unión Europea. Dicho certificado te dará derecho a residir y trabajar en el Estado español por un periodo de diez años.

Debes tener presente que si aportas documentos de otros países, deberás acompañarlos de su correspondiente legalización por la Oficina Consular Española con jurisdicción en el lugar de emisión del documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.  Excepcionalmente, esto no será necesario en el caso que el documento haya sido apostillado por la autoridad competente del país emisor, de acuerdo con el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961.  Además, deberás presentar una traducción jurada al catalán o castellano, que son las dos lenguas cooficiales en Barcelona.  En Murlà & Contreras Advocats, colaboramos con los mejores traductores jurados.

Contáctanos para realizar un presupuesto que se ajuste a tus necesidades al: 935 113 062 o escríbenos un correo electrónico a: info@murlacontreras.com