Extranjería

Arraigo social: documentación necesaria para solicitarlo

Para tramitar el arraigo social se requiere, además de Pasaporte y antecedentes penales del país de origen:

1.Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de tres años.

La forma más habitual de acreditar los tres años es con el volante de empadronamiento.  Si no es posible, porque la persona no se empadronó, entonces hay que adjuntar cualquier documentación que pruebe la permanencia:  visitas médicas, contrato de alquiler, recibos, o cualquier medio admitido en Derecho, que acredite que esa persona ha permanecido con carácter continuado en España.

2. Tener vínculos familiares (cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa) con otros extranjeros residentes o con españoles, o bien, presentar un informe que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma (o el Ayuntamiento si la Comunidad Autónoma lo ha autorizado), en cuyo territorio tenga su domicilio habitual.

Si se tienen vínculos familiares, con una copia del NIE o del DNI de estos es suficiente.  En caso contrario y cuando el solicitante resida en Barcelona, deberá entrar en el siguiente enlace, para solicitar el informe de arraigo (con cita previa)

https://w30.bcn.cat/APPS/portaltramits/portal/channel/default.html?&stpid=20050000395&style=ciudadano&language=es

Para acreditar el esfuerzo de integración y arraigo, es muy recomendable haber cursado cursos de catalán.  En particular, recomendamos los cursos que ofrece el Consorci per a la normalització lingüística.[1]

3. Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, para un periodo no inferior a un año. La empresa o el empleador deben encontrase inscritos en la Seguridad Social, así como hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

El contrato debe estar redactado, con el condicionado de su vigencia no inferior a un año, a partir de la concesión de la autorización solicitada.  El salario debe estar indicado en euros, así como el número de pagas debidamente estipulado.

El empleador deberá garantizar la actividad continuada, disponer de medios económicos, materiales o personales para hacer frente a su proyecto empresarial y a las obligaciones derivadas del contrato. Si es una persona física deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario convenido, el 100% del IPREM si no hay familiares a su cargo. Si la unidad familiar incluye dos miembros el 200%

Entonces, si el empleador es una persona física, se requiere:

  • Copia del DNI del empleador.
  • Volante de convivencia actualizado del padrón municipal de habitantes expedido por el Ayuntamiento del domicilio del empleador solicitante donde se relacionen todas las personas que figuren empadronadas en dicho domicilio.
  • – Acreditación de que la empresa garantiza la solvencia necesaria a través de:
  1. La declaración IRPF
  2. El informe de la vida laboral de los últimos 12 meses.

Y si el empleador es una empresa, se requiere:

  • Copia del DNI del representante de la empresa que firma el contrato.
  • Informe de vida laboral de la empresa de los últimos 12 meses.
  • Acreditación de que la persona que formaliza el contrato en representación de la empresa tiene capacidad jurídica para ello, mediante certificación de subsistencia de dicha condición emitida por el Registro Mercantil.  (El registro Mercantil emite una Certificación registral que debe incluir Código seguro de Verificación).

Contacta con nosotros a por email escribiendo a info@murlacontrras.cpm, llamando al 935113062 o rellenando el formulario de la web que encontrarás en el enlace https://murlacontreras.com/es/contacto-y-localizacion/ para exponernos tu caso o para empezar los trámites de obtención de este permiso de residencia.

[1] https://www.cpnl.cat/

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